Las pensiones contributivas son prestaciones económicas de duración presumiblemente indefinida, aunque no siempre, y que como decíamos anteriormente, cuya concesión está generalmente supeditada a una previa relación jurídica con la Seguridad Social (acreditar un período mínimo de cotización en determinados casos), siempre que se cumplan los demás requisitos exigidos.
La cuantía de la prestación se determina en función de las aportaciones efectuadas por el trabajador y el empresario, si se trata de trabajadores por cuenta ajena, durante el período considerado a efectos de la base reguladora de la pensión de que se trate.
Las pensiones se encuadran dentro de la acción protectora del Régimen General y de los Regímenes Especiales de la Seguridad Social, con las salvedades que, en cada caso y para cada modalidad, se indican en el respectivo régimen especial, se incluyen las pensiones siguientes:
a) Jubilación. Que, a su vez recoge varios tipos de pensiones diferenciadas entre sí, como la jubilación ordinaria, jubilación anticipada por tener la condición de mutualista, jubilación anticipada sin tener la condición de mutualista, jubilación anticipada derivada del cese no voluntario en el trabajo, jubilación anticipada por voluntad del trabajador, jubilación anticipada por reducción de la edad mínima debido a la realización de actividades penosas, tóxicas e insalubres, jubilación anticipada de trabajadores con discapacidad, jubilación parcial, jubilación flexible y jubilación especial a los 64 años.
A grandes rasgos, la prestación por jubilación, en su modalidad contributiva, cubre la pérdida de ingresos que sufre una persona cuando, alcanzada la edad establecida, cesa en el trabajo por cuenta ajena o propia, poniendo fin a su vida laboral, o reduce su jornada de trabajo y su salario en los términos legalmente establecidos.
b) Por incapacidad permanente: total, absoluta y gran invalidez, de las cuales ya hemos hablado en la la entrada de esta web llamada "incapacidad permanente".
c) Las conocidas como de muerte y supervivencia, que son la pensiones de viudedad, orfandad y en favor de familiares, y que están destinadas a compensar la situación de necesidad económica que produce, para determinadas personas, el fallecimiento de otras.